Constancia Policial en Accidente de Tránsito

En julio pasado 2016, el trámite de dirigirse a una comisaría para obtener una constancia de Carabineros (tras sufrir un accidente de tránsito y requerir denunciar un siniestro vehicular ante las empresas aseguradoras), dejó de ser un requisito, dependiendo de la gravedad del accidente en cuestión.

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Hoy es posible que nuestros asegurados realicen el denuncio del siniestro mediante una declaración jurada simple que se puede descargar en nuestro sitio www.mapfre.cl  (Sección Denuncia de Siniestros Vehículos), cuando haga un denuncio presencial en nuestra compañía.

Si el denuncio es vía telefónica una grabación constituirá dicha declaración y, si se realiza por la web, el relato consignado en el reporte de siniestro será considerado como la Declaración Jurada Simple.

¿Cuándo requerir la constancia y cuándo no?

Cuando el accidente implica tan solo daños materiales no será necesaria la constancia ante Carabineros. Sin embargo, en casos de observar alguna ilegalidad por parte del conductor durante el accidente, como estado de ebriedad o si se tratase de un menor de edad, la constancia sí se debe hacer en Carabineros.

Mientras que sí será necesaria la constancia para que se formalice un parte policial y/o una denuncia ante el Tribunal competente en caso de robo total de vehículo, robo de accesorios y rueda de repuestos, así como en los casos en que se produzcan lesiones y/o muerte como consecuencia del accidente.

Fuente: MAPFRE


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